Los cambios en el derecho laboral, no siempre al gusto de todos
Los continuos cambios legislativos que rigen los derechos y obligaciones laborales han obligado a que tanto trabajadores
como empleadores, a menudo, consulten sobre cómo contemplan las leyes en determinado momento las distintas situaciones
que a menudo se originan por el incumplimiento de las condiciones previamente acordadas por las partes, y que en muchos
casos necesitan del dictamen judicial para su resolución.
En la actualidad, el trabajador puede enorgullecerse, después de siglos de lucha y reivindicaciones, de haber alcanzado
los derechos y libertades que antaño se le negaban. No obstante, aún queda mucho camino para equiparar nuestro derecho
social a, por ejemplo, las normas jurídicas que regulan las relaciones laborales en otros países vecinos del continente
europeo, por poner un ejemplo. Cuestiones como la jornada laboral semanal, la cuantía mínima retributiva (salario mínimo
interprofesional) que fija cada año el Gobierno mediante Real Decreto, o la continua modificación de la normativa que
estipula las condiciones en las que se basará el despido de los trabajadores son, a menudo, motivo de controversia y
siguen activando numerosos movimientos de protesta social, representados por las organizaciones sindicales. Es este
último aspecto, el despido laboral, el motivo por el que, la mayoría de las veces, los abogados
laboralistas deben intermediar para resolver las diferencias entre las partes y hacer valer la justicia.
Y es que si un despido es ya de por sí traumático y desesperanzador, mucho más dramático resulta cuando se produce en
condiciones de abuso, sinrazón y contra todo precepto. Por este motivo, ante cualquier duda surgida a raíz de un
desencuentro entre empleador y trabajador, sea cual fuere su naturaleza, el primer consejo pasa por buscar el
asesoramiento experto de abogados en derecho laboral para que, gracias a su pleno conocimiento de lo
que estipulan las leyes al respecto, puedan aportar soluciones ecuánimes y objetivas, bien a través del acuerdo amistoso
y la conciliación o mediante el necesario proceso judicial.
Me voy a casar en breve y mi jefe se niega a
concederme una semana que me queda de mis vacaciones anuales porque coincide con los días de descanso por mi matrimonio.
¿Puede negarme ese derecho?
Independientemente de su antigüedad en la empresa o tipo de contrato, usted tendrá derecho a disfrutar de quince días
(naturales) por causa de matrimonio. No obstante, si su permiso por matrimonio coincide con las vacaciones anuales que
ya se hubieran pactado, usted no podría reclamarlas, ya que éstas se perderían.